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UE-Mercosur: las divergencias no sólo abarcan la producción agropecuaria

27-02-18 | El Cronista


El futuro del acuerdo comercial entre la Unión Europea (UE) y Mercosur es incierto. Los dos bloques regionales no han podido llegar a acuerdos sobre varios temas, particularmente el grado de apertura del mercado europeo para la exportación de productos agropecuarios. Pero hay otras divergencias importantes; una de ellas concierne la propiedad intelectual.

Los países del Mercosur cumplen con los estándares internacionales para la protección de la propiedad intelectual (marcas, patentes y derechos de autor) estipulados en el acuerdo de la Organización Mundial del Comercio (OMC) conocido (por su sigla en inglés) como acuerdo "Trips". Los países europeos participaron activamente en la gestación y aprobación de esos estándares, que reflejan esencialmente las condiciones e intereses de los países más adelantados. Sin embargo, en el acuerdo que se negocia con Mercosur, la UE -al igual que lo ha hecho en otros acuerdos comerciales- pretende ampliar la protección de la propiedad intelectual más allá de lo que el acuerdo "Trips" establece, en perjuicio de los intereses de consumidores y la industria del Mercosur. Dos ejemplos sirven para ilustrarlo.

Las patentes duran por 20 años, vencidos los cuales la invención cae en el dominio público, es decir, cualquiera puede explotarla sin necesidad de autorización o compensación alguna. Este plazo es más que suficiente para recuperar cualquier costo de investigación y desarrollo (IyD) en que se hubiera incurrido. Más aún, puede resultar excesivo, como lo observó Gary Becker, premio Nobel de economía, quien ha abogado por reducir el plazo de las patentes a la mitad (10 años) incluyendo para medicamentos. La UE pretende, por el contrario, que se extienda la duración de las patentes sobre medicamentos más allá de los 20 años. El cuestionable argumento de la UE es compensar al titular de la patente por el tiempo insumido para la aprobación de un medicamento para su comercialización. Pero ello ignora que cuanto más dure la patente, más se demorará el ingreso de competidores al mercado, sin que ello represente un incentivo genuino para impulsar la LyD en el Mercosur o fuera de él. Las consecuencias son obvias: mayores precios y gasto en medicamentos, en algunos casos (como en el de los productos para el cáncer de alto costo) la lisa y llana privación del acceso a los pacientes, y la sustitución de la producción local por productos importados.

Otro ejemplo es la pretensión de la UE de que se cree una nueva barrera para el acceso a los medicamentos (aun cuando no estuvieran patentados) consistente en la llamada "protección exclusiva de datos de prueba". Se trata de que por un período (que en la UE puede llegar a 11 años) la autoridad sanitaria no pueda aprobar la comercialización de un medicamento sobre la base de los datos de prueba obtenidos por la empresa que realizó originalmente los estudios clínicos respectivos. Este tipo de protección (no requerida por el acuerdo "Trips") implica excluir la competencia por un largo período, a menos que se dupliquen inútilmente estudios clínicos cuyos resultados ya se conocen. Un reciente estudio de FIEL estimó que la introducción de la protección adicional demandada por la UE en la Argentina hubiera implicado un aumento en el gasto en medicamentos de cerca de u$s 192 millones anuales (FIEL, Acuerdo de Comercio Mercosur-Unión Europea: impacto sobre el gasto en medicamentos adquiridos en farmacias y por PAMI, enero 2018).

Cualquier retórica sobre el impacto positivo que tendrían las protecciones "Trips" plus demandadas por la UE sobre la innovación es puramente especulativa. El Mercosur debe mantenerse firme en rechazar esas demandas si quiere contener los gastos en salud, evitar un aumento del déficit comercial, dar acceso a los medicamentos a quienes los necesitan, y favorecer el empleo y la producción local. Ello es particularmente válido en el caso en Argentina, cuyo primer plan nacional de acción en Derechos Humanos 2017-2020 fija como uno de sus objetivos el "garantizar el derecho a la salud".

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