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Continúa la desburocratización y simplificación de trámites mediante TAD

11-11-19 | SENASA


El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dio un nuevo paso para acentuar su proceso de desburocratización y simplificación de trámites en beneficio de sus usuarios.
La Resolución 1464/2019, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del presidente del Organismo, Ricardo Negri, establece que no deberán requerirse los documentos detallados a quienes realicen gestiones ante el Senasa a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) integrada por el módulo sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Con esta simplificación se busca disminuir las cargas innecesarias para los usuarios y fomentar el uso de las herramientas informáticas que ahorran tiempo y costos.
La documentación no requerida es la fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), el estatuto social, el contrato social, el acta de asamblea de constitución de la sociedad o lo que corresponda, el Poder del representante legal, la constancia de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), la constancia de pago de autónomos o monotributistas y el Acta de Directorio/Última designación de cargos.
La norma se aplicará únicamente a los trámites operativos del Senasa realizados por el usuario a través de la plataforma TAD.
En el caso de que alguna dirección considere imprescindible la presentación de alguno de esos requisitos, podrá exigirla al usuario a través de la plataforma virtual, con la debida fundamentación.

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